Policía presenta Normativa de Acciones Policiales ante Desastres Naturales

Valeria Díaz

La Policía Nacional presentó la “Normativa de Acciones Policiales de Prevención y Protección a las Personas, Familias y Comunidades ante la ocurrencia de Desastres Naturales y Emergencias”, orientado por la Jefatura Suprema y de conformidad con las facultades establecidas en la Constitución Política, la Ley 872, ley de la Policía Nacional, la Ley 337, Ley del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de desastres y demás disposiciones legales.

Por lo tanto se elaboró la Normativa que establece las acciones policiales de resguardo y medidas de orden público para garantizar la protección de la vida e integridad física de las personas, familias y comunidades.

Acciones a ejecutar

La Institución Policial antes, durante y después de desastres y emergencias: lluvias torrenciales, inundaciones, crecidas de ríos, desborde de cauces, deslaves, derrumbes y cualquier otra calamidad, dispondrá de sus fuerzas y medios en los lugares que represente amenaza o riesgo a la población nicaragüense.

Para ello se realizará Vigilancia y Patrullaje, retenes, vallas, cierres perimetrales, puntos fijos y puntos de regulación del tránsito, con el aseguramiento preventivo en lugares como cauces, riachuelos o quebradas con posibilidades de desbordarse.

Restricción del paso para vehículos, carretones, peatones y jinetes en lugares de alto riesgo, la prohibición de cruce de ríos, cauces, puentes, calles o caminos inundados, regulación del tránsito en carreteras, calles y caminos afectados por la lluvia o inundaciones.

Además de la protección de la población priorizando a la niñez, adultos mayores y personas con capacidades diferentes, retención temporal de personas y sus medios de transporte que actúen con imprudencia, temeridad o irresponsabilidad en la conducción que pongan en riesgo su propia vida.

También se establece la restricción de la circulación de vehículos de carga y transporte de pasajeros ante, durante y después de desastres naturales o emergencias, esto está que existan condiciones de seguridad necesarias que garanticen la integridad y vida de las personas.

Se realizará detención y traslado de personas en estado de ebriedad, en comportamiento intransigente y de desobediencia a las medidas de protección y seguridad. Se les suspenderá la licencia de conducir a todos aquellos conductores que pongan en riesgo su vida y las de las demás usuarios de las vías.

Se señalará los lugares que representan vulnerabilidad, con señales preventivas esto en coordinación con SINAPRED, Gobiernos municipales y el Ministerio de Transporte e Infraestructura.

Para garantizar el cumplimiento efectivo de la presente Normativa, la Institución Policial continuará trabajando en coordinación con el Ejército de Nicaragua, SINAPRED, Bomberos Unificados, Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, Gobiernos Municipales, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Transporte e Infraestructura y Tendido Territorial.